top of page

Holding and trading

"NON-KINEGETIC" FAUNA

MAPA%20CV(dibuix)_edited.png
mapache geométrica

PROHIBITED OBTAINING

FROM THE NATURAL ENVIRONMENT

The retention, live capture and possession of wild animals in general is prohibited.

.

( Arts. 54.5, 57.1.b, 57.1.c PNB Law 42/2007 )

!

PROHIBITED OBTAINING

FROM THE NATURAL ENVIRONMENT

The retention, live capture and possession of wild animals in general is prohibited.

.

( Arts. 54.5, 57.1.b, 57.1.c PNB Law 42/2007 )

!

DEFINICIONES

ART. 2-REAL DECRETO 630/2013

 

ESPECIE EXÓTICA O ALÓCTONA: se refiere a especies y subespecies, incluyendo sus partes, gametos, semillas, huevos o propágulos que pudieran sobrevivir o reproducirse, introducidos fuera de su área de distribución natural y de su área potencial de dispersión, que no hubiera podido ocupar sin la introducción directa o indirecta, o sin el cuidado del hombre.

ESPECIE EXÓTICA INVASORA: especie exótica que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural, y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética.

ESPECIE EXÓTICA CON POTENCIAL INVASOR: especie exótica que podría convertirse en invasora en España, y en especial aquella que ha demostrado ese carácter en otros países o regiones de condiciones ecológicas semejantes a las de España.

LOGOTIPO.png
bottom of page